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jueves, 25 de abril de 2013

QUEJA SINDICATO DE PROFESORES

Señora
MARIA NODELIA PARRA
Representante  SES
 

Ref: Su derecho de petición.
 
 
Distinguida señora:
 
De manera atenta nos dirigimos a usted con el fin de informarle que el derecho de petición de la referencia, ha sido remitido por competencia al representante legal de la Unión Temporal prestadora de salud de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011 y el contrato de prestación de servicios médico asistenciales suscrito bajo el proceso licitatorio No.003 de 2011.
 
No obstante lo anterior, se hace necesario resaltar que dentro del proceso de auditorías contractuales que realiza Fiduprevisora S.A. a los contratos de prestación de servicios médico asistenciales del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, continuaremos realizando el seguimiento a su solicitud.
 
Por último, resulta de gran importancia precisar que FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A., es una entidad de servicios financieros, que actúa como administradora y vocera de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio con ocasión del contrato de fiducia suscrito con la Nación – Ministerio de Educación Nacional y su objeto social no comprende la prestación de servicios médico asistenciales.
 
Agradecemos remitir sus peticiones, quejas y reclamos directamente al prestador de servicios médico asistenciales de la región o comunicarlas a la línea gratuita:
 
Región Prestador Número línea

1 Unión Temporal Magisalud 2 018000913626
2 Unión Temporal Medicol Salud 2012 018000912335
3 Unión Temporal del Norte 018000180080
4 Unión Temporal Magisterio 018000111080
5 Unión Temporal Oriente 018000935544
 

Cordialmente,
 
 
JORGE E. PERALTA N.
Vicepresidente Fondos de Prestaciones
 
Calle 72 Nº 10 – 03 Piso 5º
5945111 Ext. 3105
Bogotá, D.C.
www.fiduprevisora.com.co

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