HASTA
CUANDO ESPERAMOS LOS DOCENTES EL AUMENTO SALARIAL DEL 2013. NOSOTROS TAMBIEN
TENEMOS NECESIDADES.
El gobierno responde
Ministerio de Educación
Los actos administrativos que establecen las nuevas
escalas salariales para los servidores públicos al servicio del Estado, son
proyectados por el Departamento Administrativo de la Función. No obstante
en consultas anteriores elevadas a dicho ente del gubernamental, se argumenta
que mediante Sentencia C 710 de 1999, la Corte Constitucional declaró inexequible
la expresión “dentro de los diez primeros días del mes de enero” del
artículo 4º de la Ley 4ª de 1992”, que obligaba al Gobierno Nacional a
modificar el sistema salarial correspondiente a los empleados enumerados en el
artículo 1º literal a), b) y d), aumentando sus remuneraciones.
En consecuencia, ha de entenderse que el Gobierno Nacional puede dictar
en cualquier momento del año, los decretos que regulen el incremento salarial
de los empleados públicos, y en su momento el Departamento Administrativo de la
Función Pública los publicará en la página web www.dafp.gov.co o en lawww.presidencia.gov.co , donde
pueden ser consultados.
0 comentarios:
Publicar un comentario